Boletín 2026 – 02, 10ª Época, Vol. III, No. 2
EDITORIAL
Respetables lectores:
En esta edición compartimos tres artículos. El primero de ellos, titulado ¿UN SOLO CONTROL DE LEGALIDAD PARA LAS JURISDICCIONES CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA Y CONTENCIOSO-TRIBUTARIA EN EL ECUADOR? REFLEXIONES A PROPÓSITO DEL PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO NO. 11-2025, de la autoría de la Conjueza Nacional Katty Muñoz Vaca, integrante de la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia de Ecuador, nos comparte un análisis que parte de la Constitución, del Código Orgánico General de Procesos de su país y, especialmente, del precedente jurisprudencial en cita, emitido por la propia Corte Nacional de Justicia, cuestionando la fragmentación del control de legalidad y planteando la necesidad de reconocer un estándar común para ambas jurisdicciones.
En tanto que, en el segundo de los trabajos, la Magistrada Claudia Rodríguez Velásquez, integrante de la Sección Cuarta del Consejo de Estado de Colombia, bajo el título SERVICIOS INTRAGRUPO: GENERALIDADES, PRESTACIÓN EFECTIVA, RÉGIMEN PROBATORIO, DERECHO COMPARADO E INTEGRACIÓN CON LAS NORMAS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, nos presenta algunos de los retos que enfrentan los contribuyentes para efectos de deducibilidad; ya que, si no se demuestra la existencia real del servicio, sus condiciones de prestación y los beneficios económicos que reporta, la deducibilidad de los gastos asociados puede ser desconocida por la administración tributaria en la declaración del impuesto de renta.
Finalmente, en el trabajo titulado PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN MATERIA TRIBUTARIA EN COSTA RICA, el Magistrado Harold Quesada Hernández nos presenta una visión general respecto de las directrices que deben guardar las autoridades tributarias en el ámbito de sus actividades cotidianas, a fin de salvaguardar los derechos fundamentales de los contribuyentes, consagrados en la norma constitucional, precisando que, en su opinión, el reto al que se enfrentan actualmente los Estados consiste en lograr que la recaudación de tributos sea eficaz para asegurar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, respetando en todo momento la esfera jurídica de los contribuyentes.
Esperamos que sean de su agrado.
del Consejo Directivo de la AITFA
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